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RECHAZO EXPLÍCITO DE CONDUCTAS QUE DAÑAN A NUESTRA COMUNIDAD

No tolerar el hostigamiento, el acoso o el abuso sexual

Está prohibido el acoso, hostigamiento o abuso sexual en cualquiera de sus expresiones o formas (verbal, psicológica o física) así como el condicionamiento de contrataciones, evaluaciones del desempeño, promociones y/o ascensos a cambio de ceder a exigencias sexuales.

El incumplimiento de estas normas estará sujeto a lo que establecen las leyes aplicables y la política de la organización.

Trabajo infantil

En cuanto al trabajo infantil, cumplimos con la legislación vigente, que prohíbe contratar menores de edad y además fomentamos el cumplimiento de esta normativa con nuestros distintos grupos de interés (contratistas, proveedores, clientes). El incumplimiento de este punto estará sujeto a lo que establecen las leyes aplicables y la política de la organización.

Trabajo forzoso

No toleramos el trabajo forzoso y fomentamos con nuestros grupos de interés la observancia de este principio. Nos comprometemos a proporcionar un entorno laboral con condiciones de trabajo justas, y aseguramos que el empleo se base en el consentimiento voluntario. Prohibimos toda forma coerción, servidumbre, explotación laboral, esclavitud moderna y trata de personas y estamos en contra de cualquier tipo de castigo físico o amenaza de violencia.

Rechazo explícito de conductas imagen

    Esto puede ser considerado un acoso, hostigamiento o acoso sexual, y este tipo de conductas se rechaza en nuestras empresas. Por tanto deberás de reportar la falta a través del Anexo 2 del COVEC al Gerente de Desarrollo Humano de tu área y a la Oficina de Cumplimiento.

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